noviembre 28, 2022 In Compliance, Pymes

El compliance, una realidad ineludible, también para las PYMES

Desde que en 2010 se introdujera en el Código Penal la responsabilidad jurídica de las personas jurídicas para delitos cometidos por administradores y subordinados, cada vez más empresas han implantado sistemas de compliance para que, cumpliendo con todos los requisitos enumerados en el art. 31 bis 2. CP, puedan eludir dicha responsabilidad, evitando así las penas directamente impuestas a la empresa (que pueden ir desde multas hasta la disolución de la persona jurídica).

Ante esta posibilidad, son muchas las empresas que se lanzaron a implementar programas de compliance o, por utilizar la terminología del Código Penal, “modelos de organización y gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión” que ya han servido a grandes empresas, como Repsol y Caixabank, y a sus directivos a evitar su imputación en casos tan conocidos como el Caso Villarejo

Sin embargo, no todas las empresas han asumido este compromiso en la misma medida. Para analizarlo, utilizaremos el Estudio sobre la función de Compliance en las empresas españolas, que presentaron la Asociación Española de Compliance (ASCOM, de la que ÁREA GLOBAL ABOGADOS & ECONOMISTA FORMA PARTE) y el Instituto de Estudios Económicos en septiembre de 2020.

En dicho estudio analizaron la función de compliance de más de 200 empresas. Una de las principales conclusiones a la que llega el estudio es que hay una relación directa entre el tamaño de la empresa y la existencia o no de programas de compliance. En la práctica totalidad (92,6%) de las empresas más grandes de entre las analizadas existe función de compliance, mientras que en las empresas de menor tamaño hay aún más de un 60% que no la tienen.

Pero aún más interesantes son las razones que dan las empresas que no tienen compliance para justificarlo.

  • Algo más de un 17,3% no lo tiene implantado porque no es obligatorio en el sector en el que trabajan (sectores no regulados). Sin embargo, eso no hace que sea muy conveniente para detectar posibles infracciones y delitos cometidos en el seno de la empresa y evitar las graves penas impuestas a las empresas en estos casos.
  • Casi el 10% desconoce qué es el compliance.
  • El 9,8% afirma que no es necesaria ni útil o que no es algo que exijan los terceros con los que la empresa se relaciona. Sin embargo, cada vez son más las grandes empresas y Administraciones Públicas que exigen tener implantado un sistema de compliance para contratar con ellos. Por ejemplo, uno de los requisitos para ejecutar actuaciones del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR, o más coloquialmente, Fondos Europeos) es el compromiso de la entidad con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando a las autoridades que proceda los incumplimientos.
  • El 8,6% afirma no disponer de personal especializado para su implantación.
  • Sólo el 7% alega motivos económicos.
  • Por último, hay que explicar que el mayor porcentaje (46,9%) se corresponde con otras razones que quedan sin especificar, que podrían reflejar una ocultación de cualquiera de las razones anteriores, previsiblemente el desconocimiento o falta de recursos por parte de estas organizaciones.
El compliance officer y la empresa

Todas las ventajas del compliance (protección del negocio ante juicios, multas, sanciones y las pérdidas de reputación aparejadas) se aplican también a las pequeñas y medianas empresas, no solo a las grandes. Sin embargo, por el desconocimiento general acerca del compliance es una protección que la mayoría de empresas familiares y PYMES no tienen y que resulta indispensabl

ÁLVARO CERVERA CUERDA

Analista Financiero Junio. Graduado en Derecho y Administración y Dirección de empresas por la Universidad de Burgos. Nivel avanzado-profesional (C1) en inglés. En prácticas como Analista Financiero Junior desde septiembre de 2021.