Compliance para empresas del sector de la construcción

Analizamos los riesgos a que se enfrenta su empresa de construcción y desarrollamos planes para protegerla. Somos especialistas en Compliance para empresas del sector de la construcción. Ante esta afirmación cabe preguntarse si las empresas del ramo de la construcción necesitan un servicio de compliance, y yendo más allá, si éste debe ser específico y no una planificación general al uso de un programa de cumplimiento normativo. En ambos casos la respuesta es sí, el sector de la construcción precisa de un plan de cumplimiento normativo habida cuenta de las múltiples posibilidades que asume. No sirve programa estandarizado dadas las circunstancias laborales, de inversión, fiscales, etc. que tan particularmente afectan a este sector. Es por eso que el Grupo Área Global se presenta como un aliado eficaz, conocedor de la dimensión de un programa de cumplimiento normativo, compliance especializado en el sector de la construcción, así como también muy experimentado en el contacto diario con empresas de este sector.

¿Qué es el compliance?

Primero hay que saber qué es el compliance: En primer lugar, tenemos que explicar qué queremos decir cuando aludimos al compliance. Es preciso detenerse aquí, aunque sea brevemente para que puedan avanzar en la lectura aquellos que llegan nuevos al concepto. De forma resumida diremos que: Nuestro ordenamiento ya prevé (desde la última reforma del Código Penal en 2015) un régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas (EMPRESAS) ¿Cómo se articula? A la hora de atribuir responsabilidades a la empresa, la ley revisará si hubo

«incumplimiento grave de los deberes de supervisión, vigilancia y control del cumplimiento normativo y la prevención del delito»

Traducido, quiere decir que cuando se cometa una irregularidad de cualquier tipo en el seno de una organización, el Código Penal prevé sanciones para la propia empresa aun cuando el responsable haya sido una persona concreta y localizada dentro de la organización, siempre que la empresa no pueda mostrar que puso todos los medios para obstaculizar ese comportamiento, por ejemplo mediante la aplicación de protocolos; sistemas de vigilancia; chequeo y reporte de tareas… Si la empresa, en definitiva, no muestra un plan de control para la prevención del delito, la sala puede entender que lo que está mostrando es falta de implicación, negligencia o no está mostrando la suficiente diligencia.

Compliance para el sector de la construcción

¿Existe un compliance específico para el sector de la construcción?

Cada sector vive su propia circunstancia alrededor del compliance. Por ejemplo en la alimentación la empresa deberá velar porque los trabajadores respeten los parámetros de higiene en su interacción con el producto; en el sector de la banca, deberán velar porque el trabajador sea escrupuloso en la movilización de activos etc. ¿Y en la construcción?
¿Puede ser responsable penalmente, por el delito cometido por el empleado, aquel Administrador o Directivo que ha decidido no elaborar un programa de compliance penal con relación a aquellos delitos más susceptibles de cometerse en el sector inmobiliario y de la construcción? ¿Hasta qué punto y en qué casos opera esa responsabilidad?
Nosotros, como expertos en compliance apostamos siempre por un protocolo que se ha demostrado eficaz a la hora de evitar problemas a la empresa:

  • Analizar e identificar los riesgos penales a que se podría enfrentar la empresa.
  • Plan de controles a aplicar para evitar en lo máximo la posibilidad de que se dé aquel problema que se identificó
  • Manual de Buenas Prácticas. Elaboración de plan de acción y medidas correctoras o Protocolo.
  • Al personal, se le brinda un programa de Formación, comunicación y concienciación para lograr su adhesión al plan de prevención del delito.
  • Control y seguimiento del programa de Compliance. Aquí es importante (y obligatorio) designar un responsable interno o externo para la evaluación periódica de cómo está funcionando el programa

¿Por qué necesitan un plan de compliance las empresas?

Necesidad del compliance para las empresas
La importancia y necesidad de tener un plan de compliance elaborado por especialistas viene del Código Penal donde el texto legal nos dice:

«La persona jurídica quedará exenta de responsabilidad si se cumplen las siguientes condiciones: el órgano de administración ha adoptado y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión»

Dicho lo cual, si tienes una empresa del sector de la construcción (o de cualquier otro porque el Código Penal no hace acepción de sectores) contacta con nuestro despacho especialista en Compliance para el sector de la construcción y elaboración de planes de compliance para obtener la mejor asesoría en este campo. Haznos llegar tus dudas al correo que te dejamos a continuación y te contestaremos lo antes posible: info@areaglobal.es

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